Los secretarios judiciales no son órganos jurisdiccionales a los efectos del planteamiento de cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea

  1. F. Jesús Carrera Hernández
Revista:
Revista General de Derecho Europeo

ISSN: 1696-9634

Ano de publicación: 2017

Número: 42

Páxinas: 128-141

Tipo: Artigo

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Repositorio institucional: lock_openAcceso aberto Editor

Resumo

Análisis y valoración de la sentencia del Tribunal de Justicia de 16 de febrero de 2017 (Ramón Margarit Panicello y Pilar Hernández Martínez, as. C-503/15) sobre la negativa a considerar a los secretarios judiciales españoles como órganos jurisdiccionales a los efectos del planteamiento de cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.