Proyecto de Real Decreto de creación, reconocimiento y acreditación de Universidades y centros universitarios

  1. Pagola Petrirena, Rosa Miren 1
  2. Aguirre Oraá, José María 2
  1. 1 Universidad de Deusto
    info

    Universidad de Deusto

    Bilbao, España

    ROR https://ror.org/00ne6sr39

  2. 2 Universidad de La Rioja
    info

    Universidad de La Rioja

    Logroño, España

    ROR https://ror.org/0553yr311

Revista:
Rued@: Universidad, Ética y Derechos

ISSN: 2530-030X

Año de publicación: 2015

Número: 0

Páginas: 11-11

Tipo: Artículo

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DOI: 10.25267/RUEDA.2015.11 DIALNET GOOGLE SCHOLAR lock_openAcceso abierto editor

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Resumen

El Borrador del RD que aquí se presenta tiene como objeto “la regulación básica de los requisitos de creación y reconocimiento de Universidades y Centros universitarios públicos y privados, y el procedimiento para la autorización del inicio de sus actividades” (art. 1).Viene a sustituir el RD 557/1991, de 12 de abril, “sobre creación y reconocimiento de Universidades y Centros universitarios” y a completar las  leyes orgánicas, LO 6/2001,  y su posterior modificación, LO 4/2007,  en la primera de las cuales, en el art. 4.3., se recoge el objeto de aquel RD, acompañado de una referencia expresa a la calidad de la universidad en su totalidad:  “Para  garantizar la calidad  de la docencia e investigación  y, en general, del conjunto del sistema universitario, el Gobierno, previo informe del Consejo de Coordinación Universitaria, determinará,  con carácter  general,  los requisitos básicos para  la creación  y reconocimiento de las Universidades. Los mencionados requisitos contemplarán los medios y recursos adecuados para  el cumplimiento por las Universidades de las funciones a que se refiere el apartado  2 del artículo 1”. El Borrador no cita el texto consolidado en la última modificación del 3 de febrero de 2015, obviamente, porque es posterior a la redacción del Borrador. Asimismo regula la acreditación institucional de centros universitarios, modificando el RD 1393/2007.En resumen, siguiendo lo que dice en el preámbulo del Borrador, el presente RD tiene por objeto aclarar, simplificar y racionalizar  los requisitos exigidos en la normativa vigente para  la  creación,  reconocimiento  y acreditación de las  universidades.  Pretende,  además, contribuir a la creación de un entorno más favorable a la competencia y a la inversión, a la creación de empleo y de crecimiento en beneficio de los consumidores y usuarios, haciendo mención expresa de la Ley  20/2013  de garantía de la unidad de mercado. La transformación  que se ha efectuado en las universidades españolas a partir  de la implantación del Espacio Europeo de Educación Superior en España, exige la actualización de un RD que entró en vigor hace casi un cuarto de siglo y que es muy anterior a la LOU. El deseo de mejora en la calidad  de la enseñanza,  la investigación  y, en general,  del sistema universitario español, también hacía deseable una actualización  a tenor del artículo 4.3 de la LO  6/2001   antes  citado.  No cabe,  por  tanto,  más que  felicitarse  por  la  iniciativa.  No obstante,  puesto que  el  Proyecto  está  aún  abierto  a  posibles  aportaciones,  convendría reflexionar sobre aquellos aspectos relevantes  en orden a mejorar  el servicio, aumentar  la calidad y favorecer la gestión universitaria y su rendimiento para poder responder adecuadamente  a las necesidades y exigencias  de los nuevos tiempos que debe afrontar  la universidad. Con esta intención, se presentan los comentarios que siguen.