Novación e interpretación contractual
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Universidad de La Rioja
info
ISSN: 0210-0444
Año de publicación: 2021
Año: 97
Número: 787
Páginas: 3179-3197
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Revista Crítica de Derecho Inmobiliario
Resumen
En el ámbito de las relaciones contractuales son frecuentes los acuerdos que con posterioridad a la celebración de un contrato proceden a novar a este. El problema surge sobre los efectos de esa novación: si son meramente modificativos o, por el contrario, merecen ser calificados de extintivos, provocando la sustitución de una obligación o contrato por otro, desapareciendo el original y con él las obligaciones y garantías accesorias. La importancia de determinar una u otra modalidad se ha evidenciado en la doctrina jurisprudencial de nuestro Tribunal Supremo quien ha venido delimitando los presupuestos de la apreciación de una u otra modalidad, siempre bajo la premisa de una interpretación subjetiva espiritualista, que debe buscar principalmente la determinación de la voluntad común de las partes al celebrar ese segundo contrato novatorio. El objeto de este trabajo es exponer, analizar y comentar la doctrina del Tribunal Supremo en el marco de la novación y la interpretación contractual, cerrando este análisis con el comentario de dos sentencias que abordan estas cuestiones con respecto a un contrato de compraventa (STS núm. 261/2020, de 8 de junio) y a un contrato de arrendamiento urbano (STS núm. 190/2021, de 31 de marzo).