Impugnación de acuerdos sociales y arbitraje

  1. Rodríguez Roblero, Mª Inmaculada
Dirigida por:
  1. Teresa Martínez Martínez Director/a

Universidad de defensa: Universidad Complutense de Madrid

Fecha de defensa: 12 de marzo de 2010

Tribunal:
  1. Fernando Rodríguez Artigas Presidente/a
  2. Juana Pulgar Ezquerra Secretario/a
  3. María del Pilar Perales Viscasillas Vocal
  4. Esperanza Gallego Sánchez Vocal
  5. Javier Juste Mencía Vocal

Tipo: Tesis

Resumen

Esta Tesis tendrá como objeto de estudio la posibilidad real y con garantías para la sociedad, los socios y demás interesados de someter la impugnación de acuerdos de la junta general de una sociedad de capital a un árbitro en lugar de a juez. A través de esta Tesis se pretende realizar un análisis de todos los factores que pueden influir para determinar la arbitrabilidad de la impugnación de un acuerdo de una junta general de una sociedad de capital, tales como el carácter cerrado o abierto de la sociedad o el tipo de vicio que afecte al acuerdo mediante el cual la sociedad ha querido expresar su voluntad, pudiendo ser este un acuerdo nulo o anulable. Este ha sido un tema controvertido en los últimos cincuenta años, tanto en la doctrina como en la jurisprudencia, aunque últimamente ambas se han orientado hacia posturas más favorables al arbitraje. Pero es la legislación la que va en la vanguardia en lo que a favorecer el arbitraje a través de una cláusula estatutaria se trata, ya que se han promulgado leyes que expresamente lo permiten, como es el caso de las Sociedades Profesionales, la Ley General de Cooperativas o los Estatutos orientativos de la Sociedad Limitada Nueva Empresa. La Tesis se basará principalmente en la Ley de Arbitraje 60/2003, de 23 de diciembre, ya que brinda una nueva posibilidad a este procedimiento, principalmente en el ámbito societario. Se estudiará la doctrina existente, así como la jurisprudencia y el Derecho comparado, ya que es una materia sobre la que se está también reflexionando en los principales ordenamientos europeos, además que sus modelos o soluciones se analizarán, en función de la normativa española, para determinar si sus propuestas podrían ser adaptadas a nuestro entorno.