La jurisdicción de apelación en la legislación de Justiniano

  1. ALFONSO AGUDO RUIZ
Revista:
Revista General de Derecho Romano

ISSN: 1697-3046

Año de publicación: 2018

Número: 30

Tipo: Artículo

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Resumen

El presente estudio tiene por objeto el análisis de la legislación de Justiniano emitida entre los años 528 - 548 reguladora de la jurisdicción de apelación recogida en el Codex repetitae praelecionis y en las Novellae, que se inscribe en el amplio programa de reformas de la administración de justicia a fin de lograr una mayor rapidez de los procesos, un mayor beneficio para sus súbditos y evitar el colapso de los tribunales superiores de la capital. Para alcanzar estos fines, Justiniano limitará el número de apelaciones; combinará el principio clásico de que la sentencia de un juez de grado inferior debe ser apelada ante otro de grado superior, esto es, la sentencia de los clarissimi pueden ser impugnadas, en principio, ante otro juez de rango spectabilis o illustris, con un criterio cuantitativo - summa appellabilis -; reorganizará las provincias de la pars orientis, elevando a sus praeses provinciae del rango de clarissimi al de spectabilis; establecerá órganos colegiados de apelación como el del praefectus praetorio Orientis y el quaestor sacri palatii, o bien el del quaestor sacri palatii junto con el magister officiorum; regulará el régimen singular de Sicilia; y permitirá la participación de senadores en el proceso de apelación.