Globalización, seguridad alimentaria y seguridad jurídica a propósito del régimen jurídico global aplicable a los ilícitos alimentarios y a las plantas medicinalesaspectos éticos, regulatorios y de protección de la propiedad industrial e intelectual
- DIAZ PERALTA, PEDRO
- Fernando González Botija Director/a
- Francisco Millán Salas Director/a
- Miguel Ángel Recuerda Girela Director/a
Universidad de defensa: Universidad Complutense de Madrid
Fecha de defensa: 22 de enero de 2016
- José Eugenio Soriano García Presidente/a
- Miguel Ángel Ruiz López Secretario/a
- Alberto Palomar Olmeda Vocal
- Carlos Coello Martín Vocal
- Zulima Sánchez Sánchez Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
La presente tesis para optar el grado de doctor tiene como objetivo el reexamen, desde la perspectiva del Derecho Administrativo, de la situación actual del derecho de la salud y en el derecho alimentario, en relación especialmente a dos sectores donde el marco regulatorio dista de ser uniforme sin haberse alcanzado aún una posición unánime entre la doctrina de cómo abordar su regulación: la definición jurídica del fraude alimentario y del régimen jurídico aplicable a determinadas especies vegetales cuya comercialización queda a caballo entre el derecho farmacéutico y alimentario. Desde este concreto punto de partida y partiendo de la visión del profesor Eduardo García de Enterría, para quien la seguridad jurídica, recogida en el art.9.3 CE como principio constitucional, es una exigencia social inexcusable y constantemente deficiente que no debe conducir sensu contrario a la ¿inflación incontenible de las normas¿, se analiza la situación actual del ¿exceso regulatorio¿ y su remediación, recogiendo aquí los vientos favorables que a favor de su racionalización soplan en la actualidad desde la Unión Europea. A juicio del Profesor Enterría, esta situación inflacionaria podría quedar corregida con una adecuada codificación cuyo ejemplo más notable, destaca, es el sistema de leyes federales de Estados Unidos. De este postulado esta trae causa esta tesis para abordar la necesaria codificación del Derecho administrativo interno a cuyo estudio consagra el capitulo primero, dedicado a la racionalización de norma y al estudio de la codificación en el sistema americano. A partir de ahí y tomando como objeto algunos ejemplos particulares, se aborda en el capitulo segundo la situación de aquellos sectores en los que se constatan diferencias de valoración jurídica en los Estados con un nivel equivalente de excelencia científica en derecho a la salud seguridad alimentaria y que difieren sin embargo en el tratamiento técnico- legal de las divergencias (legislación de doble umbral). Estas diferencias (analizadas también desde el sistema de common law) pueden dar lugar a inseguridad jurídica entre los operadores. Este capitulo termina abordando el fraude alimentario, quizás el ejemplo paradigmático de la ausencia de un régimen definido que combata los ilícitos internacionales relacionados con el derecho alimentario, del que si existen ejemplos positivos, por el contrario en el campo del Derecho medioambiental. El tercer capitulo se dedica al estudio del régimen jurídico de las plantas medicinales, cuyas principales notas características son que tienen potencial para modificar las funciones fisiológicas (y en eso se parecen a los medicamentos) pero que a la vez constituyen recursos alimentarios que en muchos casos tiene tras si un dilatado historial de uso seguro (y caen definitivamente también en el campo de los alimentos, complementos alimenticios y alimentos funcionales, por ejemplo). En este capitulo se incluye también el análisis de su status actual en su consideración de recursos del conocimiento tradicional contemplados en el Convenio de Diversidad Biológica y de los mecanismos legales para su protección legal derivados de este y otros Acuerdos internacionales relevantes. El capitulo 4, finalmente, aborda el papel vertebrador y la función garante del derecho administrativo sobre la aplicación de los principios éticos internacionalmente aceptados en los campos de la investigación sobre tejidos humanos, la donación y el transplante de órganos, el trafico de órganos en la experimentación, en el comercio internacional de OGM y en la clonación.