O direito a casar e fundar familia consagrado no artigo 12º da convençao europeia dos direitos humanos

  1. RODRIGUES DE ARAUJO ELISA M.
Dirigida por:
  1. Pedro Juan Viladrich Bataller Director/a
  2. Juan Ignacio Bañares Parera Codirector/a

Universidad de defensa: Universidad de Navarra

Fecha de defensa: 28 de junio de 2003

Tribunal:
  1. Juan Fornés de la Rosa Presidente/a
  2. Jorge Bosch Carrera Secretario/a
  3. Fernando Sousa e Silva Vocal
  4. Joaquín Javier Escrivá Ivars Vocal
  5. Ana María Vega Gutiérrez Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 98944 DIALNET

Resumen

La tesis centra su objeto de estudio en el Artículo 12 de la Convención Europea de Derechos Humanos, que recoge el derecho de todo hombre y mujer a casarse y fundar una familia, de acuerdo a las distintas leyes nacionales en lo referido a su ejercicio. En el primer capítulo concretamos los conceptos clave para el análisis de los Derechos Humanos. Abordamos también las características de la Convención Europea de Derechos Humanos, y su original mecanismo de protección. El segundo capítulo incluye un estudio histórico-exegético del Articulo 12, a través de sus trabajos preparativos. Dentro de este estudio recogemos también los trabajos preparatorios del Articulo 16 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, fuente inspiradora del Artículo 12. El estudio lo completamos con una revisión de la Jurisprudcencia que permite conocer la interpretación aplicada al contenido de este derecho. En el tercer capítulo abordamos las características de los sujetos titulares de este derecho. Sujetos que vienen definidos por los dos requisitos de la capacidad básica para ejercer el derecho: la heterosexualidad y la edad núbil. Por ello completamos este capítulo con dos análisis: las Demandas interpuestas por transexuales y homosexuales al abrigo del Artículo 12, y la noción de edad núbil en todos los documentos internacionales de derechos humanos. Finalmente el cuarto capítulo trata de la soberanía de consentimiento matrimonial y de la familia fundada en el matrimonio. En este contexto defendemos el reconocimiento de la familia como sujeto de derecho, con todas sus consecuencias. Esto conduce a reconocer la relación existente entre familia matrimonial y bien común, a diferenciar las principales funciones sociales de la familia y reconocer sus derechos fundamentales.