El abuso de situación de dependencia económica en el derecho español

  1. MAESTRE BENAVENTE, RAFAEL
Dirigida por:
  1. Javier Pagador López Director/a
  2. Luis María Miranda Serrano Director/a

Universidad de defensa: Universidad de Córdoba (ESP)

Fecha de defensa: 29 de enero de 2009

Tribunal:
  1. Juan Ignacio Font Galán Presidente/a
  2. Manuel Pino Abad Secretario/a
  3. Pedro Portellano Díez Vocal
  4. Ana María Tobío Rivas Vocal
  5. María del Pilar Perales Viscasillas Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 197162 DIALNET

Resumen

La tesis doctoral "El abuso de situación de dependencia económica en el Derecho español" aborda un asunto del Ordenamiento concurrencial de extraordinaria actualidad práctica y trascendencia socioeconómica sobre el que existen escasas contribuciones doctrinales. La novedad del tema objeto de investigación deriva también de la importante reforma consumada recientemente en el Derecho español a través de la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia y de su Reglamento de desarrollo. Esta Ley ha alterado sustancialmente la regulación del ilícito de abuso de situación de dependencia económica en nuestro Derecho, que ha dejado de ser un ilícito tipificado específicamente por el legislador antitrust (como ocurría en la legislación anterior desde la entrada en vigor de la Ley 52/1999) para pasar a estar tipificado sólo de forma indirecta, mediante el precepto que permite intervenir a las autoridades de defensa de la competencia frente a actos desleales con relevancia antitrust (art. 3 Ley 15/2007) en conjunción con su consideración como acto de competencia desleal en virtud del art. 16 de la Ley de Competencia Desleal. A la vista de lo anterior, no puede sorprender que uno de los principales propósitos de la tesis estribe precisamente en analizar el alcance del cambio de regulación operado en el ilícito merced a la entrada en vigor de la Ley 15/2007, mediante una exégesis minuciosa de los requisitos que han de concurrir para que los abusos de situaciones de dependencia económica puedan ser perseguidos como ilícitos antitrust ex art. 3 Ley 15/2007; a saber: 1º) la existencia de una posición de dominio relativa o situación de dependencia económica (elemento fáctico no prohibido); 2º) el abuso de dicha situación de dependencia económica (elemento de conducta prohibido); y 3º) el falseamiento sensible o significativo de la libre competencia (elemento de resultado prohibido).